¿De quién es la culpa si chocas en reversa en un parqueo en NY?

Saliste de un espacio en el parqueo del supermercado, ibas para atrás y sentiste el golpe. La otra persona dice que la culpa es tuya. ¿Tiene razón?

Respuesta corta: en Nueva York, el que da reversa tiene la obligación de hacerlo con seguridad, así que casi siempre es el primero al que se le busca la culpa. Pero no es automático: si el otro carro iba muy rápido o también estaba dando reversa, la culpa se puede repartir.

Lo que dice la ley

La Ley de Vehículos y Tránsito de Nueva York (VTL), en su sección 1211, dice que nadie puede dar reversa "a menos que pueda hacerlo con seguridad y sin interferir con otro tráfico".

Desde 1984, la ley aplica estas reglas también a los parqueos, incluidos los privados (VTL 1100(a)), según explicó en 1986 una corte de apelaciones de Nueva York en el caso McLaurin v. Ryder Truck Rental.

Nueva York reparte la culpa por porcentaje. Eso quiere decir que una corte o las aseguradoras pueden decidir, por ejemplo, que uno tiene el 70 % de la culpa y el otro el 30 %, y cada uno paga según su parte.

Casos comunes

  • Le diste a un carro parqueado: la culpa normalmente es tuya. Tu seguro de responsabilidad paga el daño del otro carro.
  • Le diste a un carro que pasaba por el pasillo: normalmente la mayor parte de la culpa es tuya, pero si el otro iba demasiado rápido o distraído, se puede repartir.
  • Los dos daban reversa al mismo tiempo: lo común es que la culpa se reparta entre los dos.
  • Le diste a una persona: llama al 911 de inmediato. Irte del lugar cuando hay un herido es un delito.

Qué hacer, paso a paso

  1. Para y no te vayas. Aunque el golpe sea pequeño, la ley (VTL 600) te obliga a quedarte.
  2. Intercambia datos: nombre, dirección, número de licencia, registro y seguro, incluido el número de póliza y las fechas.
  3. Si el otro carro está vacío, busca al dueño o avisa a la policía. No basta con dejar un papel sin avisar.
  4. Toma fotos de los dos carros, de las líneas del parqueo y de cualquier cámara cercana.
  5. Avisa a tu aseguradora el mismo día.
  6. Reporta al DMV en 10 días con el formulario MV-104 o en línea si hubo heridos o más de US$1,000 de daño a la propiedad de una persona. Avisarle al seguro no te libra de este reporte.

¿Quién paga?

  • El daño del otro carro: lo paga tu seguro de responsabilidad, que en Nueva York es obligatorio (mínimo US$10,000 para daños a la propiedad).
  • El daño de tu carro: solo lo cubre tu seguro si tienes cobertura de choque (collision), que es opcional.
  • Gastos médicos: el seguro "no-fault" de cada carro paga hasta US$50,000 por persona en gastos médicos y salario perdido, sin importar quién tuvo la culpa, según el DFS.

Errores comunes

  • Irte porque "no fue nada". Eso es una infracción: multa de hasta US$250, hasta 15 días de cárcel y 3 puntos en el récord si solo hubo daños a la propiedad, según la tabla de puntos del DMV.
  • Decir "fue mi culpa" en el momento. Cuenta los hechos y deja que las aseguradoras decidan.
  • No hacer el reporte MV-104 cuando el daño pasa de US$1,000. No reportar es un delito menor y te pueden suspender la licencia.

Datos revisados el 29 de octubre de 2026.

Fuentes: Ley de Vehículos y Tránsito de Nueva York (secciones 600, 605, 1100(a) y 1211), McLaurin v. Ryder Truck Rental (1986), Manual del Conductor del DMV de Nueva York (capítulo 12), tabla de puntos del DMV, Departamento de Servicios Financieros de Nueva York.